jueves, 6 de agosto de 2009

Beneficios del Control Ciudadano


Para la Ciudadanía


-Puede hacer valiosos aportes en los procesos de planificación, ejecución y control de la gestión pública, sobre la base de su conocimiento detallado de las condiciones, necesidades y deseos locales.

-Desarrolla habilidades en los ciudadanos para controlar la gestión pública y coadyuvar con el manejo eficientemente de los recursos del Estado.

-Contribuye con la agrupación de la sociedad en torno a metas e intereses comunes.

-Contribuye a mejorar su calidad de vida al exigir oportunamente el suministro de los bienes y la prestación eficiente de los servicios públicos.


Para las Organizaciones Públicas

-Pueden orientar mejor los planes, programas y recursos a las necesidades de la ciudadanía.

-Contribuye con la transparencia en la administración pública.

-Conoce oportunamente los resultados de su gestión lo que le permite asumir correctivos inmediatos que le garanticen la prestación adecuada de los servicios.

-Aumenta la confianza de la ciudadanía en las instituciones

Referencias Legales

Referencias Legales

• Ley Orgánica de Planificación

• Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas

• Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública

• Ley Orgánica de la administración Pública

• Ley Orgánica del Poder Ciudadano

• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal

• Ley Contra la Corrupción

Funciones de los Órganos encargados del Control Fiscal


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA


Dictará las normas destinadas a fomentar la participación de los ciudadanos, haciendo especial énfasis en los siguientes aspectos:

• Atender las iniciativas de la comunidad en el proceso de participación ciudadana en el control fiscal.

• Ordenar, dirigir, sistematizar y evaluar las denuncias ciudadanas.

• Establecer estrategias de promoción de la participación ciudadana para coadyuvar a la vigilancia de la gestión fiscal.

• Promover mecanismos de control ciudadano en proyectos de alto impacto económico, financiero y social.


SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE AUDITORÍA INTERNA


• Promover ante los responsables del establecimiento del sistema de control interno modelos eficientes que garanticen una participación eficaz del ciudadano en los procesos de planificación, ejecución y control de las actividades que directamente le afectan.

• Coadyuvar a que las Unidades de Auditoría Interna atiendan las iniciativas de la comunidad y canalicen sus quejas, reclamos, peticiones o denuncias.

• Colaborar en el diseño de mecanismos que permitan la evaluación de proyectos de alto impacto económico, financiero y social, por parte de las Unidades de Auditoría Interna, a fin de incorporar a la comunidad en el proceso de control ciudadano.


MÁXIMAS AUTORIDADES Y LOS NIVELES DIRECTIVOS Y GERENCIALES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS

• Informar oportunamente a la ciudadanía sobre los proyectos a desarrollar en sus comunidades, indicando los entes y empresas involucrados, los recursos asignados, tiempo de ejecución e instancias de control, en cada caso.

• Canalizar quejas, reclamos, peticiones o denuncias de los ciudadanos.

• Establecer una comunicación eficaz con la comunidad, respetando los intereses de los ciudadanos afectados por sus decisiones.

• Flexibilizar el sistema institucional promoviendo mecanismos de participación directa, que permitan un mayor aporte de los ciudadanos, que propicien los cambios necesarios para satisfacer sus requerimientos

LOS CIUDADANOS


• Solicitar información a los funcionarios públicos sobre los asuntos de interés dentro de sus comunidades.

• Involucrarse activamente en todas las fases del desarrollo, de la gestión pública a fin de alcanzar mayores niveles de eficiencia y satisfacción de sus necesidades.

• Vigilar la correcta recepción de los bienes y servicios que los organismos públicos deben entregar a la ciudadanía.

• Formular denuncias ante los órganos responsables del ejercicio del control fiscal, vinculadas con las materias de su competencia y con las obras, programas sociales, bienes y servicios públicos de su comunidad.

• Postular candidatos para el ejercicio de cargos públicos que satisfaga los requisitos de representatividad honestidad y liderazgo.

Órganos de Control Fiscal

Órganos de Control Fiscal

- Contraloría General de la República
- Contralorías de los Estados, de los Distritos y de los Municipios
- Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional
- Unidades de Auditoría Interna de los entes públicos

• Superintendencia Nacional de Auditoría Interna
• Máximas autoridades y los niveles directivos y gerenciales de las entidades públicas
• Los Ciudadanos en el ejercicio de su derecho a participar en la función de control de la gestión pública

Los Cuales tienen la Función de:

• Motivar la participación ciudadana como un instrumento eficaz de control.
• Ofrecer al ciudadano los medios que le permitan participar de manera directa y organizada, individual o asociativa, en la actividad de control fiscal del Estado.
• Promover la formación y educación del ciudadano, a los fines de la participación directa, en las acciones de control.

Política y Control Fiscal en la Actualidad


El actual gobierno venezolano, según su propuesta económica propone una reducción del gasto público, y una modificación al tratar de reducir el gasto corriente, a través de reestructuraciones en todos los organismos oficiales para hacerlos más eficientes y menos costosos, y por su parte aumentar el gasto de capital, para crear la infraestructura necesaria para comenzar la reactivación económica. El presupuesto fiscal del año 2000, tiene un nivel de gasto total acordado de Bs. 17.878 millardos, equivalentes al 24,2% del PIB, aumentando su nivel en 1,5 puntos del PIB con respecto al presupuesto de 1999. De este total de gasto, el 84,5% se concentra en los siguientes ministerios: Finanzas, del Interior y Justicia, Educación, Cultura y Deporte, Salud y Desarrollo Social, Infraestructura y Defensa.


En referencia a la clasificación económica del gasto, el mismo presenta una orientación que está en sintonía con los lineamientos estratégicos de este Programa Económico. Los gastos corrientes se ubican en monto de Bs. 12.718 millardos, equivalentes al 17,3% del PIB, creciendo en tan sólo 0,3 puntos del PIB con respecto al año precedente. Los de capital, se sitúan en Bs. 2.967 millardos, equivalentes al 4,0% del PIB, superando en más de 1,1 puntos del PIB al gasto presupuestado del año 1999, y por último, las aplicaciones financieras, dentro de las cuales se encuentran la amortización de préstamos, alcanzan un monto de Bs. 2.192 millardos, equivalentes al 3% del PIB, presentando una variación con respecto al año pasado de 0,1 puntos del PIB.


Por otra parte, en materia de gestión tributaria propone una reestructuración del actual Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), para aumentar la recaudación y evitar la evasión de impuestos. Así como la aplicación de una serie de instrumentos de recaudación que permitan reducir el déficit fiscal. En este sentido, el presupuesto fiscal para el año 2000, fija como meta en los ingresos ordinarios de origen no petrolero un monto de Bs. 8.561 millardos, equivalente al 47,8% del total de ingresos, mejorando su participación en 5,7 puntos porcentuales con respecto al nivel alcanzado en 1999. Los ingresos fiscales originados por la actividad petrolera, excluyendo las transferencias al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica (FIEM), se estiman en Bs. 4.211 millardos, equivalentes al 23,6% del total de ingresos fiscales.

Esto luce muy bien en el papel, pero ha sido un factor común observar excelentes propuestas económicas por parte de los distintos gobiernos venezolanos que luego se pierden en la intrincada e ineficiente red burocrática, o simplemente no son capaces de cumplir las metas que son trazadas, en otras ocasiones, y debido a nuestra gran dependencia de las exportaciones petroleras, los planes se ven afectadas por variaciones en los precios del petróleo, e incluso por crisis ocurridas en otros países que crean un efecto dominó, afectando a las economías más vulnerables como la nuestra.

Historia del Control Fiscal en Venezuela

El Control Fiscal en Venezuela.
“Recae fundamentalmente sobre los actos de administración, custodia o manejo de los fondos y bienes públicos ytradicionalmente han estado a cargo de las Entidades Fiscalizadoras Superiores de los respectivos países”. Así es, común conceptuar el Control Fiscal como aquel que se efectúa sobre los ingresos, gastos y bienespúblicos por un órgano público especializado en este tipo de control.
El Control Fiscal en Venezuela, puede decirse que se inicia desde la creación de la Real Hacienda en la ciudad de Coro en 1529, cuando tres oficiales reales tenían la delicada función de controlar el Tesoro de la Corona Española.
Igualmente, es un antecedente importantísimo en la historia del Control Fiscal en Venezuela la real cédula del 17 de febrero de 1531, ordenanza de Ocaña a la cual se le atribuye la creación de la Hacienda Pública en Venezuela, seguramente por haber trazado los primeros lineamientos sobre la forma y ordenamiento que debían tener en Venezuela tres funcionarios instituidos en dicha ordenanza.
El 15 de julio de 1938 se dictó la Ley que reguló la creación defuncionamiento de la Contraloría General de la Nación. Igualmente dicho texto reglamentó en forma sistemática aspectos importantes del control, asíen la fecha indicada se promulgó la Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional, cuyo Título VI reguló lo referente a la Contraloría y el Control Fiscal.
La Ley anterior, no tenía una base constitucional, en cuanto al órgano que ejercería el Control Fiscal, esta situación debilitaba al ente fiscalizador porque sus funciones estaban sometida al juego político implícito en la Ley, que puede ser modificada por el legislador en los momentos en que la actuación del órgano fiscal no fuera conveniente. No obstante, en la Constitución de 1947 se otorga rango Constitucional a la Contraloría Generalde la República y se prevé la posibilidad de extender sus funciones a los Estados y Municipios, luego ocurre, el golpe militar (11-11-1948) haciendo inefectiva esta disposición constitucional de reciente data, convirtiéndose elente Contralor en una generosa y complaciente oficina de registros contablesdel Régimen Dictatorial.
En la Constitución de 1953, se crea en un artículo (95) la Contraloría de la Nación, pero la competencia para inspeccionar y fiscalizar los ingresos y egresos del tesoro Nacional, se la asignaron al Poder Legislativo Nacional, la labor de control en este período fue inexistente.
En la Constitución de 1961, la más longeva de nuestra historia Constitucional, se reguló en un capitulo especial, el segundo del Título VIII, artículos 234 al 239, lo referente a la Contraloría General de la República, asignándole la típica función de Control Fiscal, es decir, “el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a las mismas”, y convirtiendo en materia de reserva legal, “la organización y funcionamiento de la Contraloría General de laRepública y la oportunidad, índole y alcance de su intervención”. Igualmentecalifica al ente Contralor como un órgano auxiliar del Congreso, en susfunción de control sobre la Hacienda Pública, estableciendo taxativamenteque gozaría de autonomía funcional en el ejercicio de sus funciones, ademáscontemplo la posibilidad de que el Ente Fiscalizador Nacional, extendiera por Ley a los institutos autónomos su acción fiscalizadora, así como a los estados y municipios, haciendo la salvedad de que debería mantenerse incólume la autonomía que la máxima norma le atribuía a los Entes Públicos señalados.
Bajo la égida de la Constitución de 1961, estuvieron en vigencia tres leyes, sobre el Control Fiscal la primera ley que regula expresamente enVenezuela la actividad de Control Fiscal, promulgada en 1975, la segunda en1984, y la última vigente desde el 1ro. De febrero de 1996, la actual Ley, entró en vigencia el 1ro. De enero de 2002, pero ella responde a loslineamientos de la Constitución de 1999. Necesario es resaltar, comocolofón de este punto, que en ninguno de los textos Constitucionales queregulan las Contralorías en sus articulados incluyendo la de 1961, no leasignaron a este nivel la Potestad Sancionatoría.

Los Principios del Control Fiscal




  • La Eficiencia: que la asignación de los recursos sea la más conveniente para maximizar sus resultados.


  • La Economía: que en igualdad de condiciones de calidad los bienes y servicios se obtengan al menor costo.


  • La Eficacia: que sus resultados se logren de manera oportuna y guarden relación con sus objetivos y metas.


  • La Equidad: permite identificar los receptores de la acción económica y analizar la distribución de costos y beneficios entre sectores económicos y sociales y entre entidades territoriales.

En cuanto a la eficiencia, se parte del marco teórico de la administración de empresas, aplicada a las administraciones públicas, desarrollando para el efecto los indicadores de eficiencia. En este sentido, se verifican los recursos, el proceso al cual se aplican y los resultados obtenidos. Los resultados confrontados con los recursos aplicados, nos arroja el coeficiente de productividad.


Existe una gran diferencia entre medir la eficacia y medir la efectividad. La eficacia es una medida de lo que cuesta cada unidad de resultado. La efectividad es una medida de la calidad de ese resultado: ¿Con que precisión consigue el resultado deseado? Cuando medimos la eficacia, sabemos lo que cuesta conseguir un resultado específico. Cuando medimos la efectividad, sabemos si nuestra inversión tiene valor. No hay nada más ridículo que hacer de un modo más eficaz algo que debe dejar de hacerse.
En cuanto a la economía, por su parte, se busca determinar si con los recursos disponibles, se obtiene el máximo de desempeño de la entidad y, adicionalmente, se verifica el parámetro de los costos mínimos.


La equidad se refiere a la proporcionalidad de la gestión, al concepto de justicia, de igualdad, a la caracterización socio-económica de los ingresos y las inversiones aplicadas a satisfacer las necesidades de la comunidad.


En cuanto a la determinación de la equidad en las entidades -concebida a través de los valores trazados, se propone la aplicación del principio del gasto inversamente proporcional, pues la proporcionalidad mantiene las desigualdades existentes.


De estos parámetros, también denominados los principios del control fiscal, se destaca el correspondiente a la economía, a través del cual la Contraloría puede pronunciarse en términos cualitativos sobre el uso del gasto público, como se pudo observar.